Filmación en Bolivia para productoras y/o realizadores extranjeros
El requisito de licencia de filmación en Bolivia para productoras y/o realizadores extranjeros está contemplado en la Ley 1302, artículo 7º inciso c) y artículo 16º.
Requisitos
1. Carta dirigida al Director(a) Ejecutivo(a) de CONACINE, solicitando licencia de filmación y explicando de manera detallada:
• El proyecto
• El tema
• Lugares de filmación
• Formato
• Duración estimada del producto
• Tiempo aproximado de estadía en Bolivia
• Nómina de los componentes del equipo de filmación
• Listado del equipo y material técnico traído al país
2.Copia del pasaporte que acredite la identidad del realizador o personero responsable de la productora.
3.Documento que acredite el domicilio legal en el país de origen de la empresa y/o realizador, legalizado por la representación diplomática boliviana en ese país.
4.Compromiso de entrega de una copia del trabajo concluido (película, documental, spot etc.) con destino al archivo de la Cinemateca Boliviana en el plazo máximo de 1(un) año a partir de la fecha de obtención de la licencia. Dicho compromiso deberá estar debidamente sellado por la embajada o representación diplomática del país de origen de la productora en Bolivia.
5. Formulario valorado (Licencia de Filmación Extranjera). Sujeto a escala establecida por disposiciones vigentes.
*Todos los documentos deben estar en idioma español Procedimiento
Una vez evaluada la solicitud, se informará sobre el importe que corresponda pagar. El depósito deberá efectuarse en la cuenta Nº 4010046342 del Banco Mercantil Santa Cruz (Bolivia), a nombre del CONACINE.
Para transferencias del exterior el código del Banco es el siguiente: SWIFT- Banco Mercantil - MERBBOLX. El costo de dicha transferencia bancaria debe ser asumido por el solicitante. El Director Ejecutivo del CONACINE es Armando De Urioste Nardín
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