Inicio > Registro de Asociaciones Cinematográficas
Registro de Asociaciones Cinematográficas

 

Requisitos:

Las asociaciones mencionadas en el Art. 35 de la ley 1302 que deseen efectuar su registro ante el CONACINE preentarán una solicitud dirigida al Secretario Ejecutivo de la entidad, acompañando copia de los siguientes documentos.

  1. Resolución Suprema que otorga la personalidad jurídica.
  2. Estatutos.
  3. Acta notariada de la reunión o asamblea de miembros en que hubiesen sido elegidos los directivos que suscriben la solicitud.
  4. Depósito de USD. 30.- en el Banco Mercantil Santa Cruz, cuenta nº 40 100 46342 a nombre de CONACINE.